Había sido condenado previamente por violencia familiar y gozaba de libertad condicional hasta que su hijo denunció que no cumplía la restricción de acercarse a la casa.
En un juicio abreviado, la Cámara Primera del Crimen dispuso una condena efectiva de ocho meses a un hombre que no cumplió la restricción domiciliaria.
Según explicó su abogado Alberto Vieites Monroy, a esta persona se la condenó a seis meses de prisión domiciliaria por el delito de violencia de género, pero finalmente su hijo denunció que no cumplía la restricción de acercarse a la casa, por lo que “se le impone una pena por el delito de desobediencia a la autoridad”.
Sin embargo, el abogado indicó que “se unifica la pena en ocho meses de prisión efectiva”. De esta manera, comentó que al ya haber cumplido casi la totalidad de la sentencia anterior, estaría en condiciones de recuperar la libertad “con el cumpliendo total de la pena el 8 de octubre del presente año”.