Ilumina la oscuridad
Edición del 23 / 11 / 2024
                   
28/10/2024 08:30 hs

El gobierno de Javier Milei oficializó la prohibición de los cargos hereditarios en la administración pública

- 28/10/2024 08:30 hs
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La medida prohíbe que tanto familiares como cónyuges de empleados estatales que hayan fallecido, ocupen sus puestos de trabajo en reemplazo

El Gobierno Nacional oficializó esta noche la eliminación de los cargos hereditarios en la administración pública. La medida fue publicada en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Javier Milei. La decisión había sido adelantada días atrás por funcionarios de primera línea.

El decreto 959/24 señala que "no se admitirá para acceder a un empleo en el ámbito del Sector Público Nacional en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156 ningún privilegio, ventaja o beneficio sustentado en vínculos hereditarios, cualquiera sea la modalidad de contratación".

La disposición prohíbe que tanto familiares como cónyuges de empleados estatales que hayan fallecido, ocupen sus puestos de trabajo en reemplazo. En los considerandos, señala que "es dable remarcar que no resulta admisible que se mantengan prioridades para acceder a un cargo público ni se otorguen privilegios que contravengan el principio de igualdad".

La decisión de avanzar con esta nueva normativa había sido adelantada en conferencia de prensa por el vocero presidencial Manuel Adorni y el ministro de Desregulación y Modernización, Federico Sturzenegger.

El Gobierno prohibió los cargos hereditarios en el Estado: "Ilógico privilegio"

El Ministerio de Desregulación y Modernización informó a través de un comunicado que la intención es profundizar "la estrategia de racionalización del tamaño del Estado, que ya logró el recorte del 15% de la planta del personal público y la intimación para que se jubilen sin demoras aquellos empleados que están en edad de retiro”.

“Este ilógico privilegio colocó a los empleados públicos por encima del resto de los trabajadores de la Argentina. Pero, de ahora en más, quien ocupe un puesto en el Estado será elegido solamente por su idoneidad", señala.

Luego, continúa: "Para decirlo con claridad, nunca deberían haber existido estas ventajas, porque la propia Constitución Nacional estableció en su artículo 16 que ´la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad´”.

“En 2018, el Banco Central había eliminado esta posibilidad, pero en 2022 fue reintroducida en el estatuto de ese organismo”, se reafirmó desde la cartera de Sturzenegger, y aclaró: “Hoy en día, tanto en niveles nacional, provincial como municipal existen normas que consolidan esta herencia de cargos públicos, especialmente mediante convenios colectivos”.


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