Datos del Municipio que realiza la multa.
Fecha en la que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año).
Ruta y kilometraje donde fue cometida la presunta infracción.
Velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado (en Km/h).
Firma de la autoridad pública interviniente en la infracción.
Datos del cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción (marca, modelo o código de aprobación y N° de serie), incluido el número de Disposición ANSV que autoriza el uso de dicho artefacto.
Datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo que resulte competente.
Matrícula habilitante del operador del radar (otorgada por ANSV).
Si todos o alguno de estos datos no se encuentran consignados en el acta, o si por algún otro motivo considera que la infracción es inválida, deberá presentar su descargo ante el Juzgado de faltas o Tribunal.
Administrativo de la jurisdicción que labró el Acta (Si la multa no se encuentra vencida y reside a más de 60km podrá presentarlo ante el Tribunal correspondiente a su domicilio). Podrá acceder a modelos de descargos ingresando a
Vialidad Nacional.