Situación a modo de ejemplo:
Llego al lugar donde está estacionado mi vehículo, junto a un familiar (ej. Mi padre) y encuentro una multa, por estar cometiendo una infracción (ej.: estacionar en un sitio donde está prohibido). El hecho es que yo no conducía ni estacioné, y fue mi padre el responsable.
Como no hay inspector corroborando que no es el titular quien manejaba y solo tengo labrada la multa de una infracción que no cometí,
¿Cómo se puede demostrar que no soy el infractor? ¿Cómo se procede en dicho caso? ¿Sobre quién recae la multa?
Respuesta del Edecom:
En el ciudad de Río Cuarto
las multas o infracciones que se constatan recaen sobre el vehículo, basados en el principio de que
el titular registral es el responsable civil por ese bien, por lo tanto si se estaciona en un lugar prohibido, se excede la velocidad, se pasa un semáforo en rojo, etc.,
la multa se identifica con la patente del vehículo y recae en el titular, esté o no el conductor.
En el caso de que el conductor sea identificado en el lugar, la multa llevará su nombre, por ejemplo en un control de alcoholemia, donde sí puede identificarse al conductor, que es a quien se le realiza el control.
Solo se puede hacer el descargo cuando ese vehículo ya no guarda relación con la persona (por ejemplo la venta del vehículo cuando todavía no ha sido transferido o está en el período donde no fue concluido el trámite), si lo maneja un familiar o amigo, etc., deberá responder por él, abonando la multa.
El consejo a transmitir:
El ciudadano debe ser consciente de la importancia de la transferencia oportuna de los vehículos que se venden y de ser responsables a la hora de decidir a quién se le facilita ese bien, que se encuentra a nombre suyo.
Acercanos tus dudas y las situaciones sobre las que te gustaría informarte respecto a las leyes de tránsito, LV16, a través del Edecom intentará responderte.
Informó: www.lv16.com
Área de Educación - Ente Descentralizado de Control Municipal (EDECOM)