La ex presidente de la Nación Cristina Elisabet Kirchner realizó presentaciones en dos de las causas judiciales en las que se encuentra más complicada.
La ex jefa de Estado pidió que el juez Julián Ercolini, a cargo del Caso Hotesur, dicte su sobreseimiento. Lo hizo en un escrito de 35 páginas al que accedió el portal Infobae por fuentes de la defensa de la ex mandataria. A la par requirió que Claudio Bonadio sea apartado del expediente iniciado por los negocios de otra de sus empresas, Los Sauces.
En el caso Hotesur se investiga a una empresa de la familia de la ex Presidente y a Valle Mitre, del empresario Lázaro Báez, por el alquiler del Hotel Alto Calafate. La hipótesis es que la renta por parte del empresario fue para devolver dinero obtenido por contratos de obra pública. Interviene como fiscal Gerardo Pollicita.
En la presentación se hace referencia al sobreseimiento dictado el año pasado por el juez en lo Penal Tributario Javier López Biscayart por una denuncia similar. También hizo referencia a una resolución de Ercolini en un caso en el que se analizó el alquiler de uno de sus hoteles por la firma de Juan Carlos Relats, quien como Báez recibió contratos estatales durante el kirchnerismo.
La ex presidente solicitó: "Se exprese que la formación de esta causa en nada afecta mi buen nombre y honor, ello no por una cuestión meramente personal, sino antes bien por el respeto que merecen los millones de argentinos que acompañaron el proyecto político desarrollado durante los últimos doce años y medio".
El resumen del planteo de la ex presidente, defendida por el abogado Carlos Beraldi es el siguiente:
"Tal como fuera anticipado, los elementos y las decisiones judiciales reseñados descartan, fuera de toda posible discusión, cualquier tipo de ilicitud, a saber:
1. Tanto Hotesur S.A. como Valle Mitre S.A. son dos sociedades comerciales debidamente constituidas.
2. Hotesur S.A. es la propietaria del hotel Alto Calafate, ubicado en la localidad homónima, provincia de Santa Cruz, el cual viene funcionando ininterrumpidamente desde incluso antes que la sociedad Hotesur S.A. tuviere relación con mi familia y lo sigue haciendo hasta el día de la fecha, concesionado ahora por otra sociedad que se llama Idea S.A.
3. Valle Mitre S.A. es una empresa que se dedicaba al rubro hotelero con capacidad para llevar a cabo tal gerenciamiento.
4. La relación contractual entre Hotesur S.A. y Valle Mitre S.A. se encuentra documentada a través de instrumentos que tienen fecha cierta y por los cuales se han tributado los correspondientes impuestos.
5. El pago convenido por ambos contratos –locación y explotación comercial- estipulaba un canon fijo mensual que nada tenía que ver con la ocupación concreta de habitaciones que el gerenciador del hotel cubriera mes a mes.
En otras palabras, la hipótesis de cobro por "ocupación fantasma de habitaciones" queda fulminada con una simple lectura de los mismos términos de los contratos.
6. Todos los pagos recibidos por Hotesur S.A. de parte de Valle Mitre S.A. se encuentran facturados, pagados en cheque o transferencia bancaria (nunca en efectivo), debidamente registrados en los libros societarios y han tributado los impuestos correspondientes.
7. No existe limitación legal alguna sobre la libre administración y disposición de los bienes que registren los funcionarios públicos durante el ejercicio de sus funciones. Así expresamente lo dispone la normativa analizada por el propio juez a cargo de este sumario.
8. Tampoco puede conjeturarse delito alguno a partir de la manera en que las partes de un contrato de naturaleza privada acuerdan sus condiciones económicas, ya que juega aquí, como dijo V.S. "la ley de la oferta y la demanda".
9. También debe descartarse la remanida hipótesis de lavado de activos, ya que como igualmente fue investigado, los conceptos facturados concuerdan con los términos de los contratos y se trata de dinero que en todo momento ha circulado dentro del sistema bancario. O sea, su legalidad surge y se corrobora claramente no sólo de la documentación y los actuados judiciales, sino de la trazabilidad bancaria y manejo electrónico del dinero.
En definitiva, la gigantesca operación de propaganda montada a partir de la falsa denuncia que dio inicio al proceso hace ya más de un año y medio, ha quedado fulminada no sólo por lo que yo puedo sostener, sino antes bien por lo que ya ha sido resuelto por la Justicia, y en particular, a partir del criterio fijado por el propio Dr. Julián Ercolini.
10. Finalmente, y en lo que hace a los reiterados y mediáticos intentos de vincular simples contratos de locación de inmuebles de nuestra propiedad, con presuntos "retornos" provenientes de la obra pública, las cifras de unos y otras muestran palmariamente el absurdo y la malicia de las denuncias. Durante los períodos de gobierno que van del 2003 al 2015 -tres períodos presidenciales- se realizó obra pública por un total de USD 107.825 millones, que fueron ejecutados por decenas de empresas contratistas del Estado donde, resulta importante señalar que, las dos empresas denunciadas en forma permanente no encabezan precisamente el ranking por montos ejecutados.
Por otra parte, es imposible ignorar el valor de los inmuebles, objeto de locación. No se trata de alquileres ficticios. Basta comprobar in situ, o por cualquier otro medio de prueba, el valor de los mismos. Sin perjuicio de ello, cabe recordar lo afirmado por V.S. en la causa 14.950/09, en la que el fiscal actuante era también el Dr. Gerardo Pollicita, y que reitero una vez más:
[…]
Además, debe considerarse que sostener la hipótesis de la denuncia resulta a todas luces complicado, pues es muy difícil valuar si el precio es ajustado a mercado donde no existen pautas mensurativas que resulten taxativas a la hora de fijar un precio, toda vez que un hotel comprende no sólo la parte edilicia –calidad de materiales utilizados-, sino también mobiliario, servicios, obras de arte, calidad de los restaurantes, vajilla, entre otros; lo que conforma un todo difícil de nomenclar.
Por último y respecto de este punto, no puede dejar de señalarse que si existe un mercado que paga los valores fijados como tarifa para hospedarse en el hotel, juega aquí la ley de la oferta y la demanda".
Tanto el juez Ercolini como el fiscal Pollicita analizarán el planteo de la ex presidente.
Los Sauces
Según publicó en su
muro de Facebook, la ex mandataria recusó al magistrado Claudio Bonadio por "enemistad manifiesta" luego de que el juez la obligara a asistir a los Tribunales de Comodoro Py para notificarse del procesamiento en la causa dólar futuro.
"Es el juez del fuero que registra la mayor cantidad de resoluciones revocadas por los tribunales de Alzada", criticó Cristina Elisabet Kirchner. Y recordó los "excesos" de Bonadio que "determinaron que sea apartado por sus superiores de diversas investigaciones".
(Infobae)