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07/06/2013 18:10 hs

Cuando venza el plazo para blanquear irán por los evasores

Argentina - 07/06/2013 18:10 hs
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Echegaray afirmó que la exteriorización podrá hacerse sin sanciones hasta el 30 de septiembre; sigue pendiente la reglamentación sobre el uso del Cedin.

Con un claro objetivo de inducir a los evasores a ingresar en el plan de blanqueo de capitales que se abrirá el 1° de julio, el director de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, dijo ayer que el organismo trabaja en inspecciones electrónicas para detectar a personas que tengan sociedades en el exterior sin declarar. Y que luego del 30 de septiembre, último día para adherir al plan -según ratificó ayer el funcionario-, se irá contra esas personas para aplicar las sanciones que correspondan por la ley penal tributaria y por el régimen cambiario. Hasta el momento, sostuvo, se detectaron unos 300 casos de personas con bienes sin declarar.
 
El funcionario presentó ayer la reglamentación de la ley 26.860, con precisiones sobre las cuestiones fiscales que hacen a la operatoria. Se prevé que la semana próxima emitirán sus resoluciones el Banco Central, referida al funcionamiento del Cedin, y el Ministerio de Economía, por el Baade. En el primer caso, se trata de los certificados de depósitos que podrán canjearse por dólares previa certificación de una operación en el mercado inmobiliario, en tanto que el bono emitido por Economía busca recaudar fondos para aplicar al financiamiento de proyectos energéticos.
 
Con respecto a los controles de la AFIP sobre tenencias de fondos en el exterior, Echegaray afirmó que durante el período en que esté abierto el blanqueo seguirán los controles electrónicos y el envío de notificaciones. Pero no se iniciarán acciones penales hasta que esté finalizado el plazo para adherir a la "exteriorización voluntaria" de divisas.
 
La resolución reglamentaria, con el número 3509 y que será publicada hoy en el Boletín Oficial, señala que para poder ingresar al blanqueo el interesado deberá tener presentadas, al 31 de mayo pasado, sus declaraciones juradas correspondientes a las obligaciones de los impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta y Bienes Personales por los ejercicios fiscales transcurridos hasta 2012. Los saldos a pagar al fisco que resulten de esas declaraciones tienen que estar cancelados o incluidos en un plan de facilidades de pago.
 
Además, la norma ratifica que quienes blanqueen capitales no estarán obligados a informar ni la fecha de compra de divisas ni el origen de los recursos. Echegaray consideró que "no tiene relevancia alguna", a los fines del control sobre posibles hechos ilícitos, que el banco que reciba los fondos no notifique a la AFIP si entiende que hay una operación sospechosa. Dijo que, por mecanismos electrónicos, el organismo recibirá la información de la operatoria en el mismo momento, y que a partir de allí se analizará si el caso entra dentro de los que deberían ser investigados, por presunción de que su origen sea una actividad ilícita. "En la AFIP tenemos mucha más información que la que puede tener un banco, un escribano o una inmobiliaria", insistió el funcionario.
 
Sin extensión
 
También fue enfático en negar una posible extensión del plazo de vigencia del plan más allá de los 90 días que dispone la ley, aun cuando la misma norma aprobada por el Congreso faculta al Poder Ejecutivo, en uno de sus artículos, a ampliar el plazo previsto. La ley, que fue propuesta por el Poder Ejecutivo, no prevé sanción alguna para quienes tienen moneda extranjera sin declarar y exime de pagar impuestos, incluyendo los que surjan de la propia operatoria, como el que pesa sobre los créditos y débitos bancarios.
 
La adhesión al blanqueo tampoco hará que los contribuyentes rectifiquen este año sus declaraciones de Bienes Personales; sólo en mayo de 2014 se deberá informar la diferencia patrimonial que provenga de la exteriorización. Así, ese incremento será considerado para el pago del impuesto por el ejercicio 2013.
 
En las reglamentaciones aún pendientes deberá establecerse, por ejemplo, cómo será la operatoria con los Cedin y cuántos endosos podrán realizarse en esos títulos.
 
Quien obtiene ese certificado a cambio de declarar divisas podrá utilizarlo para comprar o construir un bien inmueble, pero también podrá venderlo a otra persona, ya que habrá un mercado secundario y servirá como medio para cancelar pagos, siempre que sean aceptados por quien ofrece un bien o un servicio.
 
Para que el título sea canjeado finalmente por dólares en el Banco Central, deberá dejarse constancia de que existió una operación de "compraventa de terrenos, galpones, locales, oficinas, cocheras, lotes, parcelas y viviendas ya construidas y/o a la construcción de nuevas unidades habitacionales", según explicita la ley. Eso incluye, según se aclaró en los últimos días, también inmuebles rurales, algo que será ratificado por la reglamentación del Banco Central. También podrán recuperarse dólares si se prueban obras para la refacción de inmuebles. En este caso, resta disponer cuáles serán los instrumentos probatorios.
 
Bancos inquietos por el origen de los fondos

 
El Gobierno pidió a los bancos que colaboren en el éxito de los Cedin, los certificados que podrán comprar para invertir en el sector inmobiliario aquellos que aprovechen el régimen de exteriorización de capitales. Pero en los bancos confían en privado que el blanqueo genera gran preocupación, sobre todo por el impacto reputacional que podría tener en las entidades si llegaran a canalizar dinero proveniente de actividades como el terrorismo, el narcotráfico o la trata de personas. "Nadie quiere ser receptor de fondos del blanqueo, la responsabilidad es enorme", admitió un banquero, que pidió no ser identificado. "Porque llega a ser dinero sucio y acá, con la AFIP, no va a haber problemas, pero en términos de reputación sí, y a nivel internacional, en el caso de las entidades extranjeras, también", confió la fuente.
 
Fuente: La Nación

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