El Directorio del Banco Central (BCRA) aprobó cuatro circulares, en las que fija topes a las tasas de interés en créditos personales, prendarios y de tarjetas de crédito, así como también el requisito de autorización del ente monetario para el incremento de comisiones y cargos bancarios.
"Las cuatro circulares aprobadas hoy tienen un nivel de interés muy alto, en particular para el público, porque establecen un mecanismo de tasa de interés para préstamos personales, prendarios y tasas de crédito", dijeron esta noche a Télam fuentes del BCRA.
Ante la consulta de en cuánto debería reducirse la tasa promedio que cobran hasta hoy por sus préstamos personales los bancos privados de primera línea, una de las fuentes dijo que "aproximadamente entre ocho y nueve puntos porcentuales".
"Para los bancos privados, las nuevas normativas tendrán un impacto que no se verificará en el caso de bancos estatales como el Nación o los provinciales, ya que las tasas que cobran éstos se ubican dentro del rango que surgirá al aplicarse la nueva norma", agregó la fuente.
Un comunicado difundido esta noche por el Central señaló que "las tasas para estas financiaciones no podrán superar el producto surgido de la tasa de corte de LEBAC a 90 días de plazo por un factor multiplicativo, ubicado entre 1,25 y 2,00, dependiendo del tipo de préstamo" y del tipo de banco, lo que da un rango de entre 33% y 54% anual.
"Ha habido un trabajo para dividir al sistema bancario en dos sectores: aquellas entidades del Grupo 1, que atienden al 92% ó 93% del mercado y los del Grupo 2, que atienden al resto, creando una tasa de referencia con la LEBAC y un factor de multiplicación para determinar la tasa final réstamos personales, prendarios y tarjetas", explicó una de las fuentes consultadas por Télam.
Los del Grupo 1 pueden prestar sobre prendarios con automores multiplicando LEBAC por 1,25, lo que da una tasa anual del 32% ó 33%, y por 1,45 para personales, lo que resulta en una tasa del 37% ó 38%, precisó.
En el caso del Grupo 2, el factor multiplicador pasa a ser 1,40 para automotores, lo que da alrededor del 38%, y 1,80 para préstamos personales, lo cual da una tasa del 48,6%.
El segundo punto de relieve de las nuevas normas es la definición de "un mecanismo para que los servicios financieros no bancarios (cooperativas, mutuales, casas comerciales como Frávega o Garbarino, etc.) se inscriban en el Banco Central para poder acceder a descontar cartera en los bancos, es decir, para ser sujeto de crédito por parte de un banco".
En horas de la mañana, durante su habitual conferencia de prensa en Casa de Gobierno, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, adelantói que el Banco Central iba a regular "adecuadamente las tasas para que los bancos dejen de cobrar en forma usuraria a los consumidores".
El jefe de los ministros, a modo de ejemplo, citó que las tasas de préstamos de determinados bancos privados van del 80 por ciento y hasta más del 200 por ciento en ciertos casos.
Con las circulares aprobadas, el Central establece así una regulación para el acceso al financiamiento de los proveedores no financieros de crédito, entre las que se incluyen las asociaciones mutuales, las cooperativas y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito o compra, entre otros prestadores.
"Es una manera de terminar con el crédito informal y las tasas de interés muy elevadas", dijo la fuente, al tiempo que precisó que esas firmas podrán cobrar una tasa máxima equivalente a LEBAC por un factor 2, es decir, un 54% anual.
La tercera modificación que surge de las normativas aprobadas esta tarde es la creación de un Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA), en lugar del CFT que regía hasta hoy, una medida que también busca reducir el costo de los préstamos bancarios.
"El CFT, tal como está estipulado por la ley, implica la capitalización de intereses, IVA e impuestos y, en esta medida, distorsiona al alza la tasa de interés que paga el cliente a la entidad financiera, de allí que introduzcamos este nuevo método de cálculo", agregó la fuente.
Finalmente y en cuarto lugar, el BCRA impuso una regulación sobre comisiones y cargos que cobran los bancos a sus clientes al establecer que, de ahora en adelante, ninguna entidad podrá aumentar esos conceptos "sin autorización previa del ente monetario".
"La referencia que se va a tomar será el promedio de las comisiones y cargos del sistema del año anterior, en este caso 2013, y no se autorizará incrementos a aquellas entidades que a la fecha se encuentren en ese promedio o por encima del mismo, y sí se podrá estudiar autorizar a las que estén bien por debajo del promedio", dijo la fuente.
Hasta ahora, los bancos estaban obligados a comunicar al Central el porcentaje de aumento que iban a introducir en sus comisiones, pero sin pedir autorización previa.