El organismo ordenó a las entidades financieras a vender los contrato a futuro que habían transferido a sus empresas vinculadas al decidir incluir todas estas operaciones dentro del límite del 10 por ciento.
A través de una Comunicación que dio a conocer este mediodía, el Banco Central obligó a las entidades financieras a que se desprendan de más dólares en el mercado de futuros.
La Comunicación A 5536 no impedía que los bancos restaran de sus tenencias en moneda extranjera los contratos de dólar futuro que les "vendieran" a sus "contrapartes vinculadas".
Pero a partir la comunicación A 5563, difundida hoy, deberán "considerar con signo positivo un monto equivalente" al que restan con esas operaciones. Es decir que la operación termina teniendo suma 0 en el registro de tenencia de moneda extranjera del banco.
La nueva comunicación del Central establece además que las entidades financieras deberán informar "a más tardar" pasado mañana "contraparte, tipo de operación, subyacente, valor nocional, fecha de concertación y de vencimiento, mercado por el cual se operó y precio" de las operaciones con entidades vinculadas.
En medio de la racha alcista que había seguido a la devaluación de enero y mientras no cesaba la sangría de reservas, el Banco Central reflotó este año una vieja norma que limita las tenencias en moneda extranjera que pueden tener los bancos, a los que les dio plazos de adecuación a esa normativa.
La medida obligó a las entidades financieras a desprenderse de activos en dólares, aumentando la oferta mayorista de divisas. En ese contexto, se inscribe la "venta" de futuros a contrapartes vinculadas, que les permitía a los bancos reducir nominalmente sus tenencias en dólares sin desprenderse del todo de esas posiciones.