Una Cámara ordenó parar toda obra o autorización hasta que haya estudios y audiencia pública. Euforia de amparistas.
La Sala Segunda de la Cámara del Trabajo provincial resolvió favorablemente –en fallo dividido– un amparo que el Club del Derecho y particulares habían presentado objetando el proceso administrativo que permitía la instalación de la firma Monsanto en la ciudad de Malvinas Argentinas, sin determinar previamente cómo impactaba en el medio ambiente.
Así, la construcción de la planta de semillas, que ya venía paralizada de hecho desde hace varios meses por el acampe que ambientalistas realizan frente al predio, entró ahora en un nuevo plano de indefinición, y sin plazos previsibles de salida, por esta resolución legal.
Monsanto anticipó que apelará el fallo en cuestión ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), aunque ciertamente se abre otro marco para la discusión, porque lo resuelto ayer no fue una cautelar sino la cuestión de fondo del amparo.
De todos modos, tampoco se puede ignorar que meses atrás, cuando el TSJ tuvo que intervenir en este tema, habilitó el inicio de las obras civiles para la planta de producción de semillas.
La Cámara, integrada por Silvia Díaz, Luis Fernando Farías y Miguel Ángel Azar, declaró la “arbitrariedad e inconstitucionalidad” de la resolución 595/2012 dictada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba; lo propio hizo respecto de las ordenanzas municipales 808/2012 y 821/2013 sancionadas por el Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas.
Se trata puntualmente de los instrumentos legales en que se apoyaba el avance de obras que había encarado Monsanto para levantar su planta y que desató una fuerte polémica.
En este nuevo escenario, la Cámara también ordenó a la Municipalidad de Malvinas Argentinas que “se abstenga de autorizar a la firma Monsanto Argentina Saic toda implementación, obra, ejecución o acción, hasta tanto no se cumplimente con la realización del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y la celebración de una audiencia pública, que establecen la Ley General del Ambiente N° 25.675, la ley provincial 7.343 y el decreto 2.131/00”.
Adicionalmente, la Cámara mandó “suspender las obras que se llevan a cabo con los permisos otorgados por los instrumentos normativos tachados de arbitrarios e inconstitucionales a través de la presente resolución”.
Como quedó dicho, este último punto no tiene efectos prácticos, ya que hace meses que no entran ni salen camiones de la planta para avanzar en las obras civiles.
Federico Macciochi, presidente del Club del Derecho y promotor del amparo, festejó el fallo considerando que ahora se les abre la posibilidad –según dijo– de controlar el proceso de evaluación del impacto ambiental.
En ese sentido, se entusiasmó con poder monitorear los trámites “desde adentro”, con acceso al expediente, realización de audiencia pública y hasta presentar pericias propias.
“El fallo es muy claro y contundente. Obliga a Monsanto y a las autoridades a hacer las cosas como dice la ley y a no avanzar sin evaluar antes el impacto ambiental”, señaló.