Ojo de cerradura
Edición del 22 / 11 / 2024
                   
20/03/2024 09:58 hs

Aprobaron un nuevo régimen de becas en la UNRC

Río Cuarto - 20/03/2024 09:58 hs
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El Consejo Superior aprobó una propuesta por la que se modificó el reglamento de becas de la Universidad Nacional de Río Cuarto. Se definieron plazos máximos permitidos para la duración de las becas con “criterio de equidad académica”.

Fue analizado por la Comisión de Bienestar del cuerpo colegiado, tras lo cual volvió al plenario y se convirtió en la nueva normativa. El monto de la beca de discapacidad duplica al de la beca económica. Se incorporó la perspectiva de género. Los becarios de las Residencias Estudiantiles podrán tener animales de compañía
 
El Consejo Superior aprobó una propuesta por la que se modificó el reglamento de becas de la Universidad Nacional de Río Cuarto. Se definieron plazos máximos permitidos para la duración de las becas con “criterio de equidad académica”. Ahora los becarios de las Residencias Estudiantiles Universitarias podrán tener mascotas.

En el caso de la beca económica, el principal cambio está relacionado con los 20 menús que hasta hace poco se venían entregando –a fines de febrero se decidió que los alumnos con beca de ayuda económica, que antes obtenían el menú sin costo, ahora paguen 950 pesos-. La nueva reglamentación establece que “en caso de existir una partida presupuestaria adicional, al monto de la beca se le podrá adicionar un valor equivalente de hasta 20 menús”.

El tema había sido analizado por la Comisión de Becas y el Departamento de Becas de la Secretaria de Bienestar de esta casa de estudios y luego tratado por la Comisión de Bienestar del cuerpo colegiado, desde donde surgió el despacho que fue aprobado por el plenario este martes.

Se definen tres tipos de becas: la beca económica, la beca para estudiantes en situación de discapacidad y la beca de alojamiento. Finalmente, no se tomó en consideración la iniciativa que impulsaba un cuarto tipo de beca para los estudiantes a distancia.

Se estableció que el monto de la beca de discapacidad será el doble de la beca económica. Y que, para otorgar becas de alojamiento en las Residencias Estudiantiles Universitarias, estarán a disposición el 30 por ciento de las unidades cama existentes -el 70por ciento restante se destina al uso por parte de estudiantes enviados por municipios e instituciones participantes del proyecto de las residencias-.

El reglamento incorporó la perspectiva de género en relación con las residencias Estudiantiles Universitarias y en lo vinculado a la definición de los criterios de evaluación para las becas.
Se determinan –en la nueva norma-  fehacientemente los derechos y obligaciones de los estudiantes con becas de alojamiento y las sanciones previstas para los infractores.

También, se detallan los pasos procedimentales para la solicitud de becas y los requisitos, como así también las consideraciones para la evaluación.

En los considerandos del proyecto resolutivo que fue aprobado por el Consejo Superior, se indica: “Que el proceso de revisión y actualización del Reglamento de Becas de esta Universidad Nacional fue interrumpido en 2020 a causa de la irrupción de la pandemia COVID-19”. “Que dicho proceso de reinició hacia fines de 2022, atravesando en consecuencia a dos conformaciones diferentes de Consejo Superior y de esta comisión”.

“Que para la producción del presente reglamento se contó con las opiniones y la colaboración de docentes y estudiantes del área de discapacidad y del área de género de la Universidad Nacional de Río Cuarto”. “Que, según prevé el presente proyecto, el presupuesto para la asignación de las becas se financiará con al menos el 2% del presupuesto oficial total de la Universidad Nacional de Río Cuarto”. “Que, en términos generales, este reglamento define tres tipos de becas: la beca económica (BE), la beca para estudiantes en situación de discapacidad (BD) y la beca de alojamiento (BA)”. “Que los montos para dichas becas serán establecidos por el Consejo Superior”. “Que el monto de la BD será el doble de la BE”. “Que BD y BE son incompatibles”.

“Que para otorgar BA en las residencias estudiantiles universitarias (REU), la UNRC dispondrá de al menos el 30% de las unidades cama existentes, quedando un máximo del 70% restante para municipios e instituciones con las que la Universidad acuerde”. “Que para las definiciones de este reglamento se ha incorporado la perspectiva de género, tanto para el tratamiento en el ámbito de las REU como en el doméstico particular a la hora de definir los criterios de evaluación para las becas”. “Que se ha cuidado el derecho a la intimidad de la información personal suministrada por las personas postulantes a becas en general, pero especialmente para los casos de situaciones de discapacidad y violencia”. “Que se han definido los plazos máximos permitidos para la duración de las becas con criterio de equidad académica, procurando menores extensiones para carreras de menor tiempo teórico”.

“Que para el requisito de rendimiento académico se ha adoptado un criterio que favorece el ingreso y el egreso de los estudiantes en sus respectivas carreras”. “Que, asimismo, se considera un margen máximo de horas faltantes equivalente al 2% de las horas totales del plan de estudios a la hora de solicitar o renovar beca”. “Que se incorpora la posibilidad de la tenencia responsable de animales de compañía en las REU, incluyendo declaración jurada de dueño o dueña, sus compromisos de cuidado y la aceptación por parte de convivientes”.

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