Tras el anuncio de Sergio Massa y los detalles que brindó la ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, repasamos en qué consiste y las condiciones del bono que se otorgará en septiembre y octubre.
Luego del anuncio del ministro de Economía, Sergio Massa, y los detalles que brindó este lunes la ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, sobre la suma fija de $60.000 en dos cuotas, puntualizamos cuáles son las condiciones y características que hay que tener en cuenta.
Luego del anuncio del ministro de Economía, Sergio Massa, y los detalles que brindó este lunes la ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, sobre la suma fija de $60.000 en dos cuotas, puntualizamos cuáles son las condiciones y características que hay que tener en cuenta.
¿CÓMO SERÁ EL COBRO DE LA SUMA FIJA?
El bono es de $ 60 mil y se cobrará en dos cuotas de $ 30.000. Las empresas deberán abonarlo dentro de los primeros 15 días hábiles del mes.
¿CUÁNDO SE COBRARÁ?
En septiembre y octubre, ya que tiene como objetivo complementar los salarios de agosto y septiembre.
¿POR QUÉ SE DICE QUE ES “NO REMUNERATIVA”?
Se debe a que no suma para calcular el aguinaldo, ni horas extras, ni para vacaciones que se tomen en agosto o septiembre, ni para premios o compensaciones y no quedará incluida en el sueldo, salvo que lo incorpore la paritaria.
¿CÓMO PODRÍA QUEDAR INCLUIDA EN EL SUELDO?
Depende de que se reabra la paritaria y que el gremio la solicite, que el sector empresarial acepte la revisión y que luego sea homologado por el Ministerio de Trabajo.
¿A QUÉ SE REFIERE EL TÉRMINO “ABSORBIBLE” POR PARITARIA?
Si el trabajador gana en mano $200.000 y ya tenía pactado un aumento del 10% en agosto –es decir el sueldo de bolsillo pasaba a $ 220.000- sólo recibira $ 10.000 como “suma fija”.
En caso de que para septiembre se hubiera pactado un nuevo aumento de 10% el sueldo a cobrar en octubre sería de $ 244.200 podría no recibir nada en concepto de “suma fija”.
La única posibilidad es que una negociación paritaria modifique la situación. No obstante, en sus detalles el Decreto puede definir un escenario distinto.
¿QUÉ PASARÁ CON EL SUELDO DE OCTUBRE, A COBRAR EN NOVIEMBRE?
Sólo quedarán los aumentos pactados por paritarias.
¿QUÉ SUCEDE SI EN EL RECIBO APARECE UN ÍTEM “A CUENTA DE FUTUROS AUMENTOS”?
La suma fija puede descontarse de ese monto. El Ministerio no dio precisiones al respecto y se definirá con la letra chica del Decreto.
¿QUÉ SUCEDE CON QUIENES YA COBRARON O ESTÁN POR COBRAR EL SUELDO DE AGOSTO?
El empleador deberá hacer el pago complementario con el recibo correspondiente.
¿QUÉ PASA CON LOS TRABAJADORES “EN NEGRO”, AQUELLOS QUE NO ESTÁN REGISTRADOS FORMALMENTE?
Queda a criterio del empleador. La norma sólo alcanza a trabajadores formales.
¿CÓMO SE DEBE ACTUAR EN CASO DE QUE NO RECIBIR LA SUMA FIJA?
Se debe hacer la denuncia ante el Ministerio de Trabajo y esta puede ser anónima.
¿CÓMO COBRAN LA SUMA FIJA QUIÉNES TIENEN DOS TRABAJOS?
Se cobra en forma proporcional en cada trabajo. Por ejemplo: quienes trabajan 8 horas en un convenio que tiene ese mínimo diario, cobra $ 30.000. Si además suma un segundo trabajo de menor tiempo -4 horas en convenio de 8 horas-, cobra $ 15.000.