La convocatoria electoral es obligatoria para todos los ciudadanos empadronados desde los 18 años de edad, quienes tengan 70 o más pueden votar si lo desean, no es obligatorio. A partir de los 16 años pueden votar quienes actualizaron su documento nacional de identidad.
Para votar se debe concurrir con libreta de enrolamiento o libreta cívica, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste y el nuevo DNI tarjeta.
Por la vigencia de la veda electoral no se pueden realizar actos públicos de proselitismo, como así tampoco publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, publicidad electoral audiovisual y propaganda política de las agrupaciones. También se dispone la prohibición de publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
-Los locales bailables deben permanecer cerrados durante el lapso comprendido entre las 20 del sábado 12/8/2023 hasta las 21 del domingo 13/8/2023. También se ordena que los comercios de expendio de bebida alcohólicas estén cerrados en ese lapso.
Informe16