En estos meses, cuatro juezas dictaron fallos inéditos con perspectiva de infancia. En diálogo con Tiempo, cuentan cómo ambientaron sus juzgados e incorporaron recursos de películas y animé en sus sentencias. "Aún subsiste el sistema tutelar, donde el niño es objeto de protección", advierten.
Un nene de Santa Fe recibió un fallo que lo autorizaba a llevar los apellidos de sus dos papás, el biológico y el de crianza. Los argumentos incluían citas de su héroe de animé: Naruto Uzumaki. En Tucumán, la Justicia le dio la razón a una nena. Se lo explicó fácil y sin vueltas: «Juli, tenés razón cuando decís que no querés elegir entre tus dos papás. Tenés derecho a conservar a los dos: al papá Roberto y al papito Jorge”.
En San Juan, cuatro hermanos que habían atravesado demasiadas pérdidas quedaron al cuidado de un tío: fue la figura que ellos eligieron, y que la jueza avaló contemplando el derecho de las infancias a ser escuchadas. En Salta, otra magistrada apeló a una frase del mago Albus Dumbledore a Harry Potter para explicarle a un niño un fallo de triple filiación.
Un factor común atraviesa estas historias: situaciones familiares que debieron dirimirse en la Justicia y se resolvieron con perspectiva de infancia. Una noción que debería marcar la regla, pero cuya puesta en práctica todavía es excepción. Los cuatro fallos, inéditos en el actual contexto de la Justicia nacional, fueron dictados por juezas mujeres. Tiempo dialogó con ellas. ¿Qué implica la Justicia con perspectiva de infancia ¿Qué falta para que sea generalizada? ¿Cómo se trabaja en un ámbito gris y formal para generar confianza y escucha entre niños y niñas inmersos en conflictos familiares tan densos como un cuento de terror?
Marisa Malvestiti, titular del Juzgado de Familia de San Cristóbal (Santa Fe), Mariana Josefina Rey Galindo, jueza civil en Familia y Sucesiones de Monteros (Tucumán), Marianela López, titular del Primer Juzgado de Familia de San Juan, y Ana María Carriquiry, del Juzgado de Familia 2 de Orán (Salta), analizan el camino recorrido -y lo mucho que falta- para que niñas, niños y adolescentes sean considerados sujetos de derechos.
Una mirada más humana
Cuando Carriquiry llegó al juzgado de Orán hace tres años, miró el lugar y le preguntó a su equipo: “¿A ustedes les parece que este estrado puede ser para que un nene de tres años me cuente algo?”. Entonces comenzó la transformación. Ya no hay estrado, sino las mismas butacas para todos y todas. En la sala hay dinosaurios, autos, muñecas. El piso es de colores. En las paredes hay mensajes de El Principito. “Está todo dispuesto como dicen los tratados de hace 20 años: que el lugar sea el adecuado para escucharlos. Antes el protagonista era el juez. Ya no puede ser: el protagonista es el infante”, remarca.
La reforma del Código Civil y Comercial, en 2014, incluyó entre sus cambios más relevantes la promoción de una Justicia con perspectiva de infancia, mediante la sustitución de la figura de patria potestad por la de responsabilidad parental, otorgando a las personas menores el derecho a ser oídas. La normativa está y tiene el peso de la legislación local y los tratados internacionales en materia de derechos de infancias. Sin embargo, los fallos que se apoyan en estas premisas todavía son noticia.
“El gran problema que tenemos es que se habla de infancia y no se la visibiliza. No se queda el enfoque en el niño sino en la pelea adulta, que es la que llega a los tribunales. Si no queremos hombres rotos, necesitamos infantes sanos. Necesitamos una mirada más humana y más visible a lo que sucede en la niñez”, enfatiza Carriquiry desde Salta.
“Dar voz no solamente es hacerles preguntas. De acuerdo a su edad, a su actuar… una persona habla no solo por sus palabras. En una entrevista, personas muy pequeñas tienen actitudes ante determinadas circunstancias”, añade Marianela López, desde San Juan. Y plantea que también hay que observar el entorno, la escuela y los vínculos.
A principios de mes trascendió uno de sus fallos por haber aplicado la perspectiva de infancia en un caso que involucraba a tres hermanos y una hermana, tras la muerte de su madre y su tía abuela, y con el padre alcohólico. Para López, el caso conmovió “por todas las pérdidas que sufrieron personas a tan corta edad. Y lo más importante es que no quedaron a cargo del Estado y no se los ha separado. Se ha bregado por buscar en su ambiente figuras socioafectivas”. Fue a partir de las palabras y deseos de esos chicos que se resolvió dejarlos al cuidado de un tío.
Con la fuerza de Naruto
En el juzgado de Marisa Malvestiti hay mesas y sillas bajitas, un cuadro con gatos y juguetes de madera. “A veces les digo que elijan uno y mientras charlamos le ponen colores”, cuenta desde Santa Fe. “Madres, padres, tíos, abuelos, el resto de los integrantes de la familia tienen derechos y obligaciones. Cuando encontramos que hay colisión entre el mejor interés del niño y otros que son igualmente legítimos de sus adultos referentes, siempre tiene que primar el interés del niño. Porque el hecho de ser infantes los coloca en una situación de vulnerabilidad y necesitan una protección acentuada”, subraya.
En marzo, un fallo de Malvestiti fue noticia porque para priorizar el interés superior de un niño de nueve años decidió que no se aplique el artículo 558 del Código Civil y Comercial, que establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales. Así, resolvió que el nene pueda conservar el apellido de su papá de crianza –respetando su deseo-, además de los de su mamá y papá biológicos.
A través del abogado de la madre, la magistrada averiguó que el niño era fanático de Naruto, un personaje de animé. Malvestiti recurrió a la ayuda de su hijo menor, también seguidor de esa figura, y buscaron frases que acompañaran la explicación judicial. “Los vínculos no se tratan de historia o sangre. ¡Es mucho más fuerte que eso! Solamente necesitas el sentimiento de amor para crearlos”, dijo el ser de ficción, y la jueza lo copió en el acta que recibió el niño.
Las cosas claras
Un nene que no había conocido a su papá pero sí tenía un fuerte vínculo con su abuelo paterno quería que este nexo quedara plasmado en los documentos que acreditaban su identidad. “Trabajamos sobre el derecho a la genealogía, y en el acta de nacimiento se le reconoce el emplazamiento y se le hace otro diploma”, relata desde Tucumán la jueza Mariana Josefina Rey Galindo. Apeló a un recurso audiovisual para transmitirle su decisión al niño: un video sobre el derecho a la ancestralidad, tomado de la película animada Coco, que gira en torno a la celebración mexicana del Día de los Muertos y el lazo con los antepasados.
“Es fantástico el uso de otros recursos. Los textos de las sentencias eran duros, ajenos a su destinatario, con mensajes casi encriptados que solo podía entender un abogado que oficiaba casi de traductor”, destaca Rey Galindo, y contrasta esos textos espesos con el uso de lenguaje claro: «entender que puede haber otros recursos además de la palabra, recursos artísticos, poesías, que no se contraponen sino que sirven como modo de expresión y comunicación». Para lograrlo, en un ámbito donde los mensajes cuasi en clave son parte de la formación, recurrió a consultas con periodistas y docentes.
Entre las cuentas pendientes, Rey Galindo señala que “falta mucha internalización del sistema, que los operadores internalicen el sistema de protección. Aún subsiste el sistema tutelar, donde el niño es objeto de protección, no es sujeto de derechos. Queda el juez como dueño y señor de la persona menor de edad”. Eso, bajo la perspectiva de infancia y según indican las leyes vigentes, no puede seguir pasando.
El abogado del niño: una figura que no se utiliza
La Ley Nº 26.061, de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sancionada y promulgada en 2005, establece entre otros postulados el derecho de personas menores de edad a dar su opinión y ser oídas.
La Justicia es uno de los ámbitos donde debe garantizarse ese derecho, mediante la perspectiva de infancia. Contar con el patrocinio letrado de un o una especialista en esa perspectiva también debe formar parte del combo, pero la figura del abogado del niño sigue siendo materia de discusión y aún no rige en todas las provincias. La misma perspectiva de contemplar los derechos de las infancias forman parte de tratados internacionales a los que cuales Argentina está adherida.
“Muchas veces trabajamos con los colegios profesionales solicitando abogados especializados, pero no ha sido fácil la implementación ni a nivel local, y tampoco se termina de tomar conciencia de la importancia fundamental del rol del abogado del niño, que es distinto al del abogado que está con la madre o el padre”, plantea la jueza Marisa Malvestiti.
Su par Mariana Josefina Rey Galindo apunta: “En materia legislativa, Argentina es uno de los países de vanguardia. El tema está en cómo implementar eso, los recursos de políticas públicas, presupuestos, todo eso tiene que empezar a decantar. Por ejemplo la implementación del abogado del niño, que todavía no está y llevamos 30 años de Convención”. Para la magistrada “sigue sin entenderse de qué se trata. Desde la comunidad tampoco se entiende por qué un niño querría tener un abogado. A mi modo de ver es porque todavía no se ve al niño como sujeto de derechos, sino como un ser incompleto”.
Minnie
El juez cordobés Claudio Mazuqui fue nominado a los Premios de Internet 2022 tras viralizarse un video de cómo había comunicado a una nena de 7 años la decisión de su adopción: alguien disfrazado de Minnie Mouse se acercó a su casa con un cuento de hadas. “Los niños normalmente ven a un juez de traje y corbata, pero esta noticia se tenía que dar de una forma más linda”, dijo.