Ojo de cerradura
Edición del 23 / 11 / 2024
                   
22/02/2022 10:56 hs

La Rural Argentina y la de Jesús María presentaron el amparo en la Justicia cordobesa

Río Cuarto - 22/02/2022 10:56 hs
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Tal cual como lo anticipo Valor Agregado por LV6 la Sociedad Rural Argentina hizo formal el reclamo en la justicia. Para ello se unió con la Sociedad Rural de Jesús María y lo presentaron en los tribunales de Córdoba. 

Tal cual como lo anticipo Valor Agregado por LV6 la Sociedad Rural Argentina hizo formal el reclamo en la Justicia. Para ello se unió con la Sociedad Rural de Jesús María y lo presentaron en los tribunales de Córdoba.

En una unión histórica, una confederada (CRA) y la SRA se unieron ante un mal que afecta sea de la entidad que sea , que son las retenciones y en este caso como lo entienden los letrados de la SRA son ilegales y anticonstitucionales.

El 2 de enero de 2022 Valor Agregado se comunicó con  Nicolás Pino por el tema ilegalidad del tributo  y ese mismo día el presidente ya había comenzado a trabajar con sus abogados. Y acá hay que hacer un aclaración, ya que los celos entre las entidades están y existen y fueron las mismas entidades colegas de segundo y tercer grado (no las de primera) que dijeron que esto no llega ningún lado. Pero a la hora de la oleada periodística muchos apoyan la causa de la entidad porteña,  aunque algunas entidades van a ir por otra vía y tribunales, sólo por protagonismo escénico.

¿Porqué un amparo y no otra medida?

Carlos Laplacette, integrante del Estudio de Abogados Cassagne (el mismo estudio que tiene la causa predio Ferial de la entidad) es el abogado que lleva adelante el amparo  y dijo a Valor Agregado que presentaron un amparo porque es la medida , que si la justicia le da la razón, el congreso deberá discutir las retenciones y un nuevo marco legal.

¿Porqué la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María y no CARTEZ?

La SRJM es una entidad de tercer grado , es decir primero está CRA, CARTEZ y finalmente la Rural, es es el movimiento piramidal de Confederados. En su estatuto ninguna de las entidades de primer grado y de segundo pueden presentar estos recursos judiciales o si pueden hacerlos les llevaría años coordinar con todos. Lo que si nos deja claro el Abogado Carlos Laplacette en la conferencia de prensa cuando le preguntamos es que las entidades de tercer grado de CRA y la propia SRA tiene decisión autónoma ante estas cosas , pero confirmó que tendrán el acompañamiento.

Sin dudas algunas la jugada de ambas entidades es que al final de pista judicial la cosa la defina ” El Congreso”,  ya que si es ley es ley, osea que vamos a  vivir tiempos movidos y muchos minutos de aire con este tema , si prospera en la justicia.

Orto apoyo cordobés

La actual delegada en CARTEZ por la Sociedad Rural de Adelia María fue una de las presentes en la conferencia de prensa y no por Google Meet sino que hizo los 600 km a Buenos Aires,. ” Fui a apoyar la causa porque las retenciones son ilegales”, le dijo por teléfono a Valor Agregado.

Comunicado de prensa de la Sociedad Rural Argentina y Jesús María
 
“El cobro de retenciones es inconstitucional”

La Sociedad Rural Argentina presentó, esta mañana, una acción de amparo por la falta de sustento legal en el impuesto a las retenciones con el fin de que se declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de derechos de exportación con posterioridad al 1 de enero del año 2022. La misma fue presentada ante la Justicia Federal de Córdoba forma conjunta con la Sociedad Rural de Jesús María (Córdoba) y cuenta con el apoyo otras entidades rurales.

“Recurrimos a un amparo después de haber exhortado al Poder Ejecutivo y al Legislativo desde el 8 de enero pasado, cuando advertimos que no hay sustento reglamentario para el cobro del impuesto. Trabajamos estas semanas en esta crítica situación para exigirle al Poder Judicial que nos dé la razón porque las argumentaciones presentadas son contundentes. El cobro de retenciones es inconstitucional”, afirmó Pino.

El 31 de diciembre de 2021 venció el plazo fijado en la Ley de Emergencia Pública que delegaba en el Presidente de la Nación reglamentar las alícuotas del tributo. La no sanción de la Ley de Presupuesto 2022, que incluía una prórroga por 2 años de esa facultad, priva de sustento legal a los derechos de exportación exigidos con posterioridad a la fecha mencionada.

Cabe mencionar que hemos tenido reuniones con todos los eslabones de las cadenas comerciales, poniéndolos en conocimiento de esta acción judicial con el objetivo de no alterar el funcionamiento de los acuerdos vigentes.







 
Valor Agregado Agro

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