Reconoció a García Elorrio su representación sobre “los niños por nacer” y “los no deseados”. La Cámara rechazó en abril que se deje de aplicar la IVE. Delgado firmó el dictamen a pesar de estar recusado.
l fiscal General Juan Manuel Delgado y el adjunto Pablo Bustos Fierro firmaron un dictamen en el que le reconocen a Aurelio García Elorrio la representación colectiva de “los niños por nacer” e incluso “los niños no deseados” en una resolución a pedido de la Cámara que tramita el amparo que presentó el abogado y exlegislador contra la aplicación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en Córdoba.
En el mismo dictamen (ver texto completo en PDF), van más allá y piden que se conceda el efecto suspensivo del amparo planteado por Elorrio y que se deje de aplicar el aborto legal en Córdoba hasta que se resuelva la causa.
Delgado firmó en conjunto con Bustos Fierro para “resguardar el dictamen” porque fue recusado por tres organizaciones que intervienen en la causa: la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la Asociación Civil por el Derecho a Decidir (Católicas por el Derecho a Decidir) y la Clínica de Litigio de Interés Público (Clip). Además del contenido del dictamen y su oportunidad en contexto preelectoral, en la Justicia llamó la atención el apuro: Delgado buscó sortear una resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que no había decidido aún si lo mantenía o lo apartaba de tratar este tema, sobre el que ya había adelantado opinión antes de asumir su cargo.
En el dictamen, Delgado y Bustos Fierro se pronuncian a favor de reconocerle a Elorrio la representación dos colectivos: “uno, conformado por los niños no nacidos y no deseados por sus progenitoras en la Provincia de Córdoba; el otro, las niñas menores de 18 años a las que les están suministrando el producto misoprostol”.
Incluso, Delgado y Bustos Fierro contestan la vista remitida por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de Córdoba a favor de un amparo, con efectos suspensivos, de la aplicación de la ley de la IVE en Córdoba, al entender que “no se puede negar que, sin la tutela cautelar que se cuestiona, existe el riesgo grave e inminente de que una o más de las personas por nacer cuya representación colectiva ha asumido la amparista sea privada de su vida”.
En abril de este año la Cámara admitió el amparo, pero no concedió la suspensión de la aplicación de la ley.
En el dictamen de los fiscales generales principal y adjunto designados por el gobernador Juan Schiaretti y ratificados por la Legislatura el año pasado se comparten casi todos los argumentos de la apelación de Elorrio. Dicen, en el nudo de los argumentos:”El derecho a la vida de las personas por nacer y aún el derecho a la salud de las personas gestantes menores de 18 años sometidas a la droga misoprostol 200 en centros que carecen de la atención obstétrica adecuada -lo que pone en riesgo su derecho a la vida-, no reviste igual jerarquía que el derecho a decidir, sino que es de grado superior. Sin derecho a la vida, ninguno de los demás derechos podrá ser ejercido”.
Todo podría resumirse en el último párrafo del dictamen de Delgado y Bustos Fierro: “Atento encontrarse en juego el derecho a la vida, el que como ya se dijo es el primer derecho que tienen las personas y de no tutelarse adecuadamente procediéndose a la interrupción voluntaria del embarazo sería de imposible reparación frente a la hipótesis de que la demanda sea acogida, esta Fiscalía General recomienda hacer lugar a ambos recursos de apelación interpuestos por la parte amparista y despachar la medida cautelar pretendida con el alcance requerido”. Es decir, todo lo que pidió Elorrio.