La AFIP habilitó un servicio en su web que permite consultar cuáles fueron las percepciones por compras de divisas y consumos en moneda extranjera. En enero estará disponible el aplicativo para pedir la devolución.
Desde el 16 de septiembre pasado rige una percepción del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias o el Impuesto a los Bienes Personales que se aplica a las compras de dólares para ahorro en bancos y casas de cambio, además de a los consumos con tarjetas en moneda extranjera. Como ya sucedió durante el período de controles de cambio que rigió entre 2011 y 2015, el año que viene la Administración Federal de Ingresos Públicos devolverá ese dinero retenido a aquellas personas que no estén sujetas ni a Ganancias ni a Bienes Personales, además de reintegrar la diferencia a aquellas que sí los paguen pero que hayan acumulado un saldo mayor del que corresponde. En enero se habilitará un mecanismo para solicitar la devolución.
Esta semana la AFIP habilitó un servicio web dentro de su página que permite consultar e informar percepciones practicadas sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), que son los afectados por la norma establecida a mediados de septiembre que tenía como objetivo frenar las compras de dólar “solidario”.
La agencia de recaudación comunicó la puesta en funcionamiento del aplicativo a través de la Resolución General 4885/2020 publicada hoy en Boletín Oficial, que precisó que las personas que deseen podrán realizar sus consultas sobre las percepciones del 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por operaciones cambiarias a través del servicio “Mis Retenciones”, incluido dentro de las opciones que se ofrecen a los contribuyentes que ingresan con clave fiscal.
Pero además la normativa coordinada en septiembre entre la AFIP y el Banco Central como vía para desincentivar las compras de dólares para ahorro preveía que las percepciones se reintegraran a aquellos contribuyentes que no están alcanzados por Ganancias o Bienes personales. De esa manera monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan compras en moneda extranjera pero que no están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción.
“El servicio para solicitar el reintegro de las percepciones realizadas a quienes no están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales será habilitado en enero de 2020. El organismo realizará validaciones y controles sistémicos para constatar la validez de la solicitud. Cuando corresponda, el reintegro se realizará directamente en la cuenta bancaria del contribuyente”, dijeron fuentes de la agencia de recaudación.
También a aquellos que hubieran sido sujetos a percepciones por un monto mayor del que les correspondía pagar por esos dos impuestos.
Pero aunque se puedan consultar, las percepciones no serán computadas de inmediato. “Aun cuando los empleados informen mensualmente las percepciones , el empleador solo está habilitado a computarlas en la liquidación anual o final. Esto implica que el empleador las descontará al momento que se termine la relación laboral con el empleado o en el mes de abril de cada año cuando realice la liquidación anual respecto a las remuneraciones del año anterior”, dijo Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.
Castigo al dólar ahorro
La percepción del 35% a cuenta de impuestos se incorporó el 16 de septiembre pasado y se aplica tanto a compras de divisas para ahorro como a consumos hechos con tarjetas de crédito y débito pagados en moneda extranjera, ya sea en el exterior o a través de consumos online.
En ese momento, el costo por dólar para el uso del cupo mensual de USD 200 pasó de cotizar a un promedio de $103,16 en los principales bancos y casas de cambio de la City a costar $131,26 por unidad como resultado de la percepción. Lejos de calmar al mercado, la medida disparó al dólar libre hasta su récord de $195 por dólar.