La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia declaró “inadmisible” un recurso extraordinario presentado por la defensa de Jorge Alejandro Mercado, dirigente del Sindicato Único de Recolectores de Residuos y Barrido de Córdoba (Surrbac), en Río Cuarto.
El gremialista, conocido como “Coco Mercado” fue condenado por homicidio culposo y lesiones culposas agravadas hace más de dos años, por un siniestro vial. Recién ahora irá a prisión.
El hecho ocurrió el 26 de agosto del 2011. La noche anterior, Mercado tomó una camioneta de la empresa de recolección de residuos (la mixta Gamsur, formada por el municipio y constructoras de la ciudad) y se fue con un compañero a un baile de Sabroso, en Sampacho.
Al regresar a Río Cuarto, a la altura del kilómetro 620 de la ruta 8, chocó y provocó la muerte de una persona y graves heridas a otras dos.
“Coco” Mercado fue juzgado en mayo del 2019. La Cámara del Crimen número 1 de Río Cuarto lo condenó a una pena efectiva de tres años y medio de prisión.
En noviembre del 2019, el TSJ ratificó la condena. Pero la defensa consideró que el monto de la pena era arbitrario e intentó un recurso extraordinario. Ahora le rechazaron también esa salida, por lo que la detención de Mercado es inminente.
El dirigente del Surrbac colisionó contra una Fiat Iveco conducida por el vendedor de materiales de construcción, Héctor Omar Manzano, quien resultó con lesiones de gravedad y secuelas.
Manzano viajaba con “un amigo de toda la vida”: Pedro Roque Fredes, la víctima fatal del brutal impacto.
Además, en el siniestro resultó con lesiones un compañero de trabajo de Mercado que viajaba con él: Claudio Altamirano. Este declaró que no estuvo con Mercado en el baile, porque “cada uno se fue con una chica”. Argumentó, en su momento, que no vio cómo fue la colisión ya que, ni bien se subió a la chata, se durmió, "porque había tomado mucho”.
Los familiares de Fredes se constituyeron como querellantes, y fueron representados por Leandro Rubén Música y Pedro Despouy Santoro.
Zigzag sin alcohol
El asunto más controvertido que se ventiló en el juicio contra el dirigente del Surrbac fue si Mercado estaba alcoholizado en el momento del hecho. Conductores que transitaban por la ruta a la hora del siniestro fueron los que llamaron a la Policía, para avisar que manejaba en forma zigzagueante por la ruta. Cuando el patrullero llegó, ya se había producido el choque.
En la audiencia oral, testigos dejaron sentado que, apenas llegó el móvil policial, Mercado salió corriendo por los campos y, cuando lo detuvieron, tenía halitosis alcohólica. Lo llamativo es que el resultado de la pericia toxicológica que le hicieron le dio “0 alcohol en sangre”.
Entre otros argumentos, la defensa del gremialista consideró que tal pericia era clave y no habría sido considerada. Intentó ir a la Corte por presunta arbitrariedad y gravedad institucional.
El TSJ rechazó el planteo e hizo suyo argumentos del fiscal adjunto de la Provincia, Pablo Bustos Fierro, quien sostuvo que la presentación presenta “defectos de fundamentación que imposibilitan su admisibilidad”.
Para la querella, incurrieron en un evidente error los abogados defensores al decir que (…) uno de los fundamentos por los cuales el tribunal de juicio impuso la pena en cuestión, es porque afirmó que Mercado se encontraba alcoholizado”. Señalan que la sentencia de la Cámara 1 de Río Cuarto, al determinar el quantum de la pena aplicada al imputado “no mencionó ni computó como específica circunstancia agravante la ingesta alcohólica del imputado Mercado”.
Consideraron que los camaristas le restaron mérito probatorio al informe técnico negativo de alcohol en sangre porque fue “acreditado el estado de alcoholemia del imputado, en base a varios testimonios que presenciaron el hecho inmediatamente ocurrido”.
Los representantes de la querella, puntualizaron que “el policía Cremonesi constató (en Mercado) la halitosis alcohólica, ojos enrojecidos y un alto grado de excitación, que también fue patente para los policías Rodríguez y Jiménez”.
Señalaron que la declarante “Silvia López vio que, cuando el gremialista salió del rodado, lo hizo tambaleando, desorientado”. Además, la testigo Nora Mosso, también declaró que “…el conductor de la Ford Ranger exhibió un comportamiento extraño, como si estuviese en estado de ebriedad o bajo alguna influencia química”.
Concluyeron que el tribunal riocuartense juzgó que “la temeraria y desaprensiva conducta de Mercado” estuvo “directamente vinculada con una ingesta alcohólica que resultó evidente para quienes estuvieron en el lugar del hecho, produciendo múltiples resultados lesivos de bienes jurídicos fundamentales”.
“Pedro Roque Fredes fue la víctima de un homicidio cometido por Mercado con culpa temeraria diversa a la imprudencia”, dijo la Cámara de Rio Cuarto. Su fallo contra el dirigente del Surrbac quedó firme.
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