El Gobierno declaró la emergencia agropecuaria por sequía hasta fin de año en las provincias de Chaco, Salta, La Rioja y Río Negro, y también prorrogó ese estado por igual lapso para distritos de Buenos Aires, que promueve una serie de beneficios para los productores afectados.
El Gobierno declaró la emergencia agropecuaria por sequía hasta fin de año en las provincias de Chaco, Salta, La Rioja y Río Negro, y también prorrogó ese estado por igual lapso para distritos de Buenos Aires, que promueve una serie de beneficios para los productores afectados.
La medida fue dispuesta a través de la resolución 992 del Ministerio de Agricultura, que acompaña la firma de su titular, Norberto Yauhar.
La norma dispuso que se consigne a "todo el territorio de Chaco" en "situación de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, en relación a las explotaciones con actividades agrícolas, pasturas y ganadería afectadas por sequía y altas temperaturas, desde el 28 de octubre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Esto afecta a todos los distritos de los departamentos de 9 de Julio, San Cristóbal, Vera, y a los de Colonia Dolores, Gobernador Crespo, La Camila, La Criolla, La Penca y Caraguatá, Marcelino de Escalada, Pedro Gómez Cello, Ramayón, San Justo, Vera y Pintado, San Martín Norte y Colonia Silva del Departamento de San Justo. Las medidas adoptadas forman parte de un reclamo que realizaron productores y entidades rurales para encarar la situación de no poder producir por la sequía, un efecto climático que en el caso del norte argentino ya se registró también en el 2012.
En el caso de la provincia de Buenos Aires, el artículo 5 dio por "prorrogado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según cada caso, por sequía, a las producciones bovina, ovina y caprina de los Departamentos de Adolfo Alsina, Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu desde el 22 de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013".
En igual distrito lo prorrogó para "las explotaciones agropecuarias en las cuales los cultivos de trigo y avena, centeno, vicias, cebada y producción ganadera de cría bovina se vieron afectadas por sequía en el Partido de Villarino", y "para las explotaciones agropecuarias en las cuales los cultivos de trigo, cebada, verdeos de invierno, pasturas perennes y las producciones bovina y ovina se vieron afectadas por sequía en el Partido de Patagones.
Para Río Negro, se lo declaró "por sequía, a las producciones bovina, ovina y caprina en el Departamento General Roca, desde el 22 de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
En el caso de Salta, se declaró "la emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía a los productores de los cultivos a secano de poroto y chía de los Departamentos de Rosario de la Frontera y Metán, desde el 1 de mayo de 2013 al 31 de diciembre de 2013".
Para La Rioja, se declaró "el estado de desastre agropecuario por sequía a las actividades agrícola-ganaderas de los Departamentos General San Martín, Rosario Vera Peñaloza, General Ortiz de Ocampo, General Manuel Belgrano, General Ángel Vicente Peñaloza, Chamical, General Juan Facundo Quiroga, Independencia y Capital, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013".
En su artículo 16, la resolución estableció que "las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos" gocen de los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509.
Esos artículos establecen que una vez declarado el estado de emergencia agropecuaria o desastre, el Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios podrá brindar asistencia financiera especial para los damnificados, como ayuda bancaria, suspensión del inicio de juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas, y la prórroga del vencimiento del pago de impuestos, entre otros.