El máximo tribunal del país ratificó que el costo fiscal de las decisiones post PASO adoptadas por el Presidente no puede ser asumido por las provincias y echó por tierra una maniobra dilatoria del gobierno.
La Corte Suprema de Justicia desestimó este jueves el pedido de aclaraciones que había hecho el Estado Nacional en un intento de ganar tiempo en la causa en la que el alto tribunal resolvió que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación a las provincias.
Con la firma de los ministros, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, la Corte desestimó el pedido de aclaraciones del Estado Nacional respecto de las medidas cautelares dictadas el 1° de octubre mediante las cuales el Tribunal había ordenado que los efectos fiscales de la aplicación de los decretos de Mauricio Macri post PASO sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.
Para desestimar el pedido de aclaratoria, el Tribunal remarcó en primer término que la presentación del Estado Nacional no explicaba cuál era la "complejidad técnica" y las supuestas "dificultades" para cumplir con las medidas dictadas.
Agregó que el Poder Ejecutivo debió haber cuantificado los costos de las reducciones que dispuso y tenido en cuenta sus efectos al momento de establecerlas por decreto. Recordó que, como se afirma en la propia presentación del Estado Nacional, es el Presidente, como jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración del país quien cuenta con los elementos y potestades tendientes a cumplir de forma efectiva lo resuelto por el Tribunal.
El 1º de octubre pasado, con la disidencia del ministro Carlos Rosenkrantz, la Corte sostuvo que la reducción del IVA y del impuesto a las ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias. Para la Corte el Poder Ejecutivo Nacional debe asumir los efectos fiscales de los decretos.