El Ministerio de Transporte aprobó un aumento del 18% en la Tarifa de Referencia para el servicio de transporte automotor de cargas de jurisdicción nacional de cereales, oleaginosas, afines, productos, subproductos y derivados para el período febrero a julio de 2018 inclusive.
Esta medida se basa en el artículo 2º de la Ley N° 24.653 del Transporte Automotor de Cargas, el cual establece como responsabilidad principal del Estado Nacional, la de garantizar una amplia competencia y transparencia del mercado. Asimismo, esta ley dispone especialmente que el Estado debe impedir acciones oligopólicas, concertadas o acuerdos entre operadores y usuarios del transporte, que tiendan a interferir el libre funcionamiento del sector.
En este sentido, la norma citada establece el deber de procesar y difundir estadística e información sobre demanda, oferta y precios a fin de contribuir a la transparencia del sistema.
De esta manera, a través del artículo 5° de la Ley N° 24.653, se facultó a la entonces Secretaría de Transporte, en su carácter de Autoridad de Aplicación, a coordinar las relaciones entre el poder público y los sectores interesados, como así también a requerir y promover la participación de las entidades empresarias y sindicales en la propuesta y desarrollo de políticas y acciones atinentes al sector.
En este contexto, el 23 de agosto de 2018, se llevó a cabo la convocatoria de la Mesa de Negociación Participativa, a fin de proceder a la actualización de la Tarifa de Referencia, conforme las necesidades del sector, suscribiéndose el acta que da cuenta que las partes involucradas, llegaron a un acuerdo sobre el valor de la variación de la misma.