El ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social determinó que el valor de la movilidad jubilatoria, para el mes de septiembre de 2018, será de 6,68%. Además, también aprobó los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia, que cesen desde el 31 de agosto o soliciten su beneficio desde el 1° de septiembre.
De esta manera, a partir del 1° de marzo de 2018 la movilidad se determinará en un 70% por las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un 30%, por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), conforme la fórmula que obra en el Anexo I de la Ley N° 27.426, y se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario.
Asimismo, con la aplicación de ese incremento, según La Nación, la jubilación mínima será a partir de septiembre de aproximadamente $8630. Esta suba, se suma a la que los adultos mayores percibieron en el mes de junio, del 5,69%, cuando el haber básico aumentó a alrededor de $8096.
Este aumento en las jubilaciones y actualización en los salarios, se relaciona al fenómeno de la inflación, problemática que afecta al país históricamente, y que, este año desde el gobierno ya indicaron que será de alrededor del 31%. Como consecuencia del brutal aumento de precios, los más perjudicados son los sectores más vulnerables, como lo son los jubilados.