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17/05/2013 08:27 hs

El Gobierno promulgó la ley que crea nuevas cámaras de casación

Argentina - 17/05/2013 08:27 hs
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Se publicó en el Boletín Oficial la norma de la reforma judicial que crea nuevas instancias en los fueros Contencioso Administrativo, lo Civil y Comercial y del Trabajo y la Seguridad Social.

En un avance más en su proyecto de"democratización" de la Justicia, el Gobierno promulgó hoy la ley que crea tres nuevas cámaras de casación en los fueros Contencioso Administrativo, lo Civil y Comercial y del Trabajo y la Seguridad Social. Esta la segunda iniciativas que incluye la reforma judicial que todavía se debate en el Poder Legislativo.

La flamante norma, que lleva el número 26.853, sancionada el pasado 24 de abril por el Congreso y promulgada el pasado 9 de mayo a través del decreto 503/2013, pero publicada hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma de la presidenta Cristina Kirchner; del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y del ministro de Justicia, Julio Alak.

Durante su debate, el kirchnerismo defendió la necesidad de nuevas cámaras con la excusa de que se aceleren los trámites, pero, en los hechos, las casación conforman una nueva instancia judicial antes de que un fallo llegue a la Corte Suprema.

Según detalla el texto de la norma, las cámaras creadas estarán integradas, cada una, con siete miembros y funcionarán divididas en dos salas de tres miembros. La presidencia del tribunal será ejercida por el miembro restante. "Las salas de casación del Trabajo y la Seguridad Social distribuirán sus funciones según la materia concierna al derecho del trabajo o al de la seguridad social", aclara.

Para cubrir cada cámara, la ley también crea "siete cargos de juez de cámara de casación, un cargo de secretario general, dos cargos de secretario de cámara, cuatro cargos de prosecretario de Cámara y los cargos del personal administrativo y de servicios correspondientes.

Por la ley también se crearon los cargos de fiscales para cada una de las cámaras, de defensor público y de defensor público de menores e incapaces.

El artículo 15 de la norma establece que la ley entrará en vigencia una vez que se constituyan las cámaras y salas votadas por las dos cámaras del Congreso.

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