La Secretaría de Transporte autorizó "un nuevo cuadro tarifario" que comenzará a regir mañana; el aumento es, en promedio, del 12 por ciento.
El Gobierno aumentó las tarifas del transporte aéreo. La resolución 1595/2013 de la Secretaría de Transporte, publicada hoy en el Boletín Oficial, autorizó la aplicación de "un nuevo cuadro tarifario", de un 12 por ciento en promedio, que comenzará a regir desde las 0 de mañana, o sea, desde esta noche.
Firmada por el secretario de Transporte,Alejandro Ramos, la resolución está fechada el 20 de diciembre y autoriza las nuevas tarifas "a fin de garantizar la prestación del servicio público de transporte aerocomercial que prestan las empresas autorizadas".
En sus considerandos, la norma establece que "conforme los criterios de permanente análisis de evolución de mercado (...)", corresponde "continuar el proceso de articulación de las diversas estructuras tarifarias de los sectores de transporte aerocomercial y terrestre".
La resolución menciona frases como "relación de proporción", "evolución tarifaria" y "evitar situaciones distorsivas".
RESOLUCIÓN 1595/2013
Artículo 1° - Autorízase a los explotadores de servicios regulares de transporte aéreo interno de pasajeros, desde las cero horas del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina, a aplicar las tarifas en clase económica que se encuentran dentro de las bandas tarifarias, entre la tarifa de referencia y las tarifas máximas I y II de cada uno de los puntos origen-destino dscriptos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° - El incremento dispuesto precedentemente debe ser considerado a cuenta de la tarifa que se establezca, en razón de ajustar la misma a las previsiones del artículo 42 de la Ley Nacional de Política Aérea Nº 19.030. Para los tramos o rutas no indicados en el anexo de la presente resolución, la tarifa de referencia será calculada en proporción al kilometraje, comparándola con la tarifa de referencia correspondiente a una ruta de distancia similar que atienda un mercado de la misma región geográfica.
TARIFAS DESDE BUENOS AIRES
Destino, tarifa de referencia, tarifa máxima I, tarifa máxima II
Bahía Blanca, 496, 1042, 1326
Bariloche, 963, 2022, 2577
Catamarca, 666, 1399, 1785
Calafate, 846, 1776, 2265
Chapelco, 963, 2022, 2577
Comodoro Rivadavia, 846, 1776, 2265
Córdoba, 541, 1136, 1448
Corrientes, 566, 1186, 1514
Esquel, 963, 2022, 2577
Formosa, 643, 1352, 1709
Iguazú, 692, 1450, 1848
Jujuy, 869, 1823, 2324
La Rioja, 666, 1399, 1785
Mar del Plata , 380,800, 1018
Mendoza, 698, 1465, 1868
Neuquén, 698, 1465, 1868
Posadas, 601, 1263, 1612
Puerto Madryn, 774, 1623, 2068
Resistencia, 566, 1186, 1514
Río Gallegos, 846, 1776, 2265
Río Grande, 992, 2083, 2657
Rosario 281, 589, 752
Salta, 846, 1776, 2265
San Juan, 698, 1465, 1873
San Luis, 618, 1297, 1653
San Rafael, 689, 1447, 1845
Santa Fe, 320, 670, 856
Santa Rosa, 461, 971, 1238
Santiago del Estero, 689, 1447, 1845
Tucumán, 774, 1623, 2068
Trelew, 774, 1623, 2068
Ushuaia , 1072, 2251, 2871
Viedma, 588, 1234, 1574
Tarifa máxima II: regirá para los últimos 10 días corridos previos a la fecha del vuelo de ida con un máximo de hasta el 30% de la capacidad de la aeronave.
TARIFAS DESDE CÓRDOBA
Destino, tarifa de referencia, tarifa máxima I, tarifa máxima II
Bariloche, 924, 1941, 2474
Mendoza, 330, 693, 884
Neuquén, 653, 1370, 1746
Río Gallegos, 1012, 2126, 2712
Rosario, 354, 744, 948
Salta, 483, 1011, 1289
Ushuaia , 1192, 2500, 3188
Tarifa máxima II: regirá para los últimos diez días corridos previos a la fecha del vuelo de ida con un máximo de hasta el 30% de la capacidad de la aeronave.