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17/10/2023 08:53 hs

El Gobierno oficializó los cambios de la Ley de Alquileres

Argentina - 17/10/2023 08:53 hs
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Este martes se efectivizaron los cambios a la Ley de Alquileres y los próximos contratos que se renueven se deberán firmar con actualizaciones semestrales: todos los detalles.

Luego de que la Cámara de Diputados aprobara hace una semana una serie de modificaciones a la Ley de Alquileres que buscan paliar la crisis de oferta y demanda en el sector, este martes el Gobierno oficializó la normativa en el Boletín Oficial.
A través del Decreto 533/2023, el presidente Alberto Fernández efectivizó con su firma los cambios aprobados por el Congreso al Código Civil y Comercial y la Ley de Alquileres previa (N° 27.551) a través de la Ley 27.737 que dispone las novedades.

La norma, que porta las firmas del Presidente, su jefe de Gabinete Agustín Rossi, el ministro de Economía Sergio Massa y el ministro de Justicia Martín Soria, promulga entonces los cambios sobre la ley cuyo principal punto se refiere a la aplicación de actualizaciones semestrales sobre el valor del alquiler, a diferencia de las anuales previas. 
Esto implica que todos los nuevos contratos o sus renovaciones que se firmen a partir de mañana miércoles 18 de octubre deberán hacerlo bajo esta nueva ley, la cual introduce una serie de cambios en busca de alcanzar un punto medio entre el inquilino y el propietario en la actual crisis inmobiliaria de alta demanda y casi nula oferta: los detalles.

Nueva Ley de Alquileres: todos los cambios que se introducen
El proyecto aprobado por completo este martes es el que pasó la Cámara Baja la semana pasada luego de que la norma volviese a Diputados con una serie de modificaciones propuestas por el Senado en su revisión.
A diferencia del proyecto inicial de Juntos por el Cambio, los cambios impulsados por la Cámara Alta suponen una posición más favorable para el inquilino, dado que previamente se había pasado con media sanción una actualización cuatrimestral del alquiler y otros puntos que podrían resultar adversos para estos.

Así, la efectivización de los cambios publicados este martes en el Boletín Oficial reforman a los artículos 1.198, 1.199, 1.201 y 1.221 del Código Civil y Comercial de la Nación, al igual que a la Ley de Alquileres original.
En primer lugar, el artículo 1° confirma que los contratos de alquiler seguirán siendo por tres años -a diferencia de los dos propuestos en principio por la oposición- como plazo mínimo.
Mientras tanto, la modificación más relevante la introduce el artículo 5° al modificar al artículo 14 de la Ley de Alquileres original: este señala que el precio de los contratos de locación de inmuebles para uso habitacional deberá "fijarse como valor único, en moneda nacional, y por períodos mensuales".
Este valor podrá ser ajustado con "la periodicidad que acuerden las partes", siempre y cuando sea "por intervalos no inferiores a seis meses": este es el cambio más importante de la normativa ya que flexibiliza la actualización de los precios de los alquileres de un año, período en el que quedaban fuertemente atrasados por la inflación, a seis meses.

Además, el mismo artículo dispone una nueva fórmula de cálculo de los aumentos correspondientes: mientras que previamente estos se medían por el IPC (inflación) y el proyecto original propuso actualización a libre definición de las partes, lo votado la semana pasada aprueba la utilización del índice Casa Propia para regular los aumentos.
Esta fórmula, utilizada por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat para calcular las cuotas de los créditos subsidiados del programa Procrear II de acceso a la vivienda, se mueve por un promedio entre el índice de salarios y la inflación.
Tal como explicita la norma publicada este martes en el Boletín Oficial, este índice se trata de un promedio entre "la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) [que mide la inflación], publicado por el Banco Central de la República Argentina".
Por otro lado, también se obliga a publicar todo inmueble para la renta con valores en moneda nacional con el objetivo de regular la explosión de los contratos en dólares ante la incertidumbre del sector.

El Cronista 

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