La AFIP implementó un nuevo plan de pagos para que las empresas y los pequeños contribuyentes puedan cancelar obligaciones tributarias, vencidas. Cómo se aplicarán las cuotas.
Los contribuyentes con deudas en la Administración Federal de Ingresos Públicos podrán adherirse al plan de facilidades de pagos hasta el 29 de septiembre de 2023. De esta manera, la AFIP puso en marcha el marco del plan de alivio fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas para cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos, de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2023.
Se trata de un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima del 5,9% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta.
Las principales beneficiadas serán las micro y pequeñas empresas, que representan el 48% del universo de firmas alcanzado por la medida y poseen el 42% del stock de deuda total. En tanto, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al 31,2% de los contribuyentes que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por el 3% del monto total. El resto de los contribuyentes lo completan las empresas medianas.
Detalles del plan de facilidades
La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan:
- Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.
- Medianas empresas - tramo 1: 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y 6 por retenciones y percepciones impositivas.
- Medianas empresas - tramo 2: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y 3 por retenciones y percepciones impositivas.