Se trata de Carina Villarroel, la agente de Policía que se casó con una mujer. Su esposa quedó embarazada por inseminación artificial. La Provincia aún no contesta su pedido.
Carina Villarroel y Soledad Ortiz tienen una mezcla de sentimientos: están felices y angustiadas. La beba de nombre Umma Azul, que gesta Sole, gracias a una inseminación artificial, nacerá en febrero próximo. Pero aún desconocen si Carina, agente de la Policía provincial, podrá gozar de los 180 días de licencia por maternidad, pese a que el bebé no está en su vientre sino en el de su pareja.
En mayo, Villarroel abrió un expediente en la Policía de la Provincia solicitando le informaran qué tipo de licencia le correspondía, pero aún no obtuvo una respuesta. Según indicaron voceros policiales, el expediente se encuentra en estudio en el Ministerio de Seguridad. No obstante, desde el Area de Legales de dicha cartera aseguraron que el expediente nunca ingresó.
Ayer, las mujeres presentaron una denuncia por discriminación en el Inadi. “Exigimos que el Gobierno se pronuncie y que me otorgue los 180 días. Me siento discriminada”, indicó Carina.
Carina y Soledad fueron noticia a principios de este año cuando se casaron legalmente. Pese a que no eran las primeras que pasaban por el Registro Civil gracias a la Ley de Matrimonio Igualitario, Carina se convertía en la primera mujer policía de Córdoba en contraer nupcias, y una de las primeras agentes del país.
El 24 de mayo, tras varios meses de tratamiento y una inseminación artificial, Soledad quedó embarazada. A partir de entonces, Carina abrió el expediente en la Policía y solicitó audiencia a las autoridades provinciales para reclamar los 180 días de licencia por maternidad que contempla la Ley 9.905 para los empleados públicos provinciales, aunque no sea ella quien lleva adelante el embarazo. Sólo la recibió, en su momento Ramón Frías, ahora exjefe de Policía.
La ley, sancionada en febrero de 2011, establece que “las o los agentes –según corresponda– dependientes de los tres poderes del Estado provincial (...), gozarán de licencia por maternidad de 180 días corridos o licencia por nacimiento de hijo de ocho días corridos”. En la promulgación de la norma se establece que, en matrimonios igualitarios, para la madre biológica rige el mismo derecho que para la madre heterosexual.
Si bien Carina no está gestando al bebé, advierte que ella también es una de las madres. Para su abogada, Verónica Camacho, es indudable que le corresponden los 180 días de licencia ya que son dos “madres” que deberían tener los mismos derechos.
La letrada explicó, además, que el caso es similar al de las madres adoptivas que lo son aunque no amamanten ni gesten al niño, y gozan de los 180 días de licencia si son empleadas públicas.
“Hay un caso evidente de discriminación. ¿Qué hubiera pasado si el niño no hubiera sido procreado sino que lo hubieran adoptado? ¿Cómo se resolvería? Con este criterio, ¿cuál sería la madre?”, ejemplificó la abogada. Y siguió: “Carina pide un pronunciamiento, y exige los 180 días de licencia. El expediente nadie lo firma”.
Camacho aseguró que si en una semana y media no obtienen respuesta iniciarán algún tipo de acción legal contra la Provincia.
La norma de Córdoba es mucho más amplia que la nacional: el artículo 177 de Ley de Contrato de Trabajo que rige en el resto del país otorga a las embarazadas una licencia de sólo 90 días con goce de sueldo.
Vacío legal
La legisladora del Frente Cívico, Liliana Montero, aseguró que existe un vacío legal, ya que se trata de una situación no prevista: una de las mujeres va a gestar y la otra no es ni varón ni gestante.
“Mi compromiso es ponerme a trabajar en el vacío legal, en el marco del estatuto del empleado público. Estamos ante una nueva realidad que la legislación no contempla”, planteó la legisladora.