A partir de la duplicación de las escalas de facturación para empadronarse dentro de las 8 divisiones para los prestadores de servicios y tres más para los que se dedican a la venta de bienes muebles, la AFIP habilitó el aplicativo en su sitio de internet. Todos los pasos a seguir
De acuerdo con la Resolución General 3529 de AFIP todos aquellos prestadores de servicios que facturen por año hasta $400.000 y los que se dedican a la venta de bienes muebles, con un ingreso anual de hasta $600.000 podrán reempadronarse, de acuerdo a las nuevas escalas y comenzar a pagar desde octubre mucho menos que hasta ahora.
Los pasos a seguir son los siguientes:
1. Entrar vía internet en la página de la AFIP: www.afip.gov.ar
2. Seleccionar ingreso con Clave Fiscal. Si no la tiene, debe acudir a la Agencia de la AFIP más cercana al domicilio, con documento.
3. Marcar Monotributo, aproximadamente en la mitad de las opciones que aparecen en la página.
4. Tildar "Recategorizar".
5. Cliquear CUIT
6. Ingresar monto total facturado en los últimos doce meses (ejemplo: septiembre 2012 hasta a agosto 2013); periodos menores se debe anualizar la facturación, si comenzó a facturar desde enero de 2013, suma la facturación hasta agosto, la divide por 8 y la multiplica por doce (ejemplo $72.000 / 8 x 12 = $108.000).
7. En el caso de prestadores servicios de venta de bienes muebles deberá especificar el monto que paga de alquiler anual, la cantidad de energía eléctrica consumida en el año y el valor unitario del asesoramiento o producto (el más alto).
8. Confirmar.
9. Confirmar
10. Imprimir nueva credencial, con los datos de la nueva categoría y el monto a pagar desde octubre de 2013.
Cambio de régimen y el caso de los autónomos
Fuentes calificadas de la AFIP confirmaron a Infobae que para "los casos que ya se recategorizaron en los últimos días, meses o años, es decir con anterioridad a la publicación de la RG 3529, pueden volver a recategorizarse de acuerdo a su escala de ingresos de los últimos doce meses, o de la que proyectan a futuro, si estiman que aumentará".
"También están alcanzados los trabajadores autónomos que prestan servicios como emprendedores, artesanos, profesionales o venta de bienes muebles, si encuadran en los parámetros de facturación anual establecidos para las 11 categorías del Monotributo".
En esos últimos casos el procedimiento es sencillo. En primer lugar deberá darse de baja en la AFIP, con Clave Fiscal, de la condición de Autónomo y luego ingresar en la opción Monotributo, siguiendo los pasos descritos previamente, pero partiendo de la opción categorización.
En caso de duda, la recomendación es acudir a la agencia de la AFIP más cercana a su domicilio para recibir asesoramiento, o al contador de confianza, o al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Importante ahorro mensual
Con la modificación de los límites máximos de facturación para encuadrarse en las categorías de monotributistas,muchos de los más de 2,2 millones inscriptos podrán comprobar que con la facturación actual de los pasados doce meses pasarán a pagar menos impuesto simplificado que en los meses previos.
Así, quien tributaba en categorías C y D se encontrarán que pasarán de pagar $75 y 128, sólo $39; los ubicados en las E y F, tributarán por mes $128, frente a 210 y 400 pesos que abonaron hasta septiembre; las siguientes J y H, que pagaban $550 y 700, respectivamente, pasarán a $400 y la I con $1.600 se reduce a $550 por mes. Mientras que los que facturen más de $240.000 y hasta $288.000 pagarán $700 y la categoría máxima hasta $400.000 abonarán $1.600 por mes.