La Anses extendió hasta el 31 de agosto próximo el plazo para que den su adhesión al plan de reparación histórica los jubilados y pensionados que cobran un incremento de su haber mensual por la aplicación de ese programa, pero sin haberlo avalado previamente.
En caso de no hacerse el trámite de la aceptación y según lo que disponen las normativas, el organismo previsional dará de baja las subas otorgadas después de la nueva fecha dispuesta.
La nueva prórroga fue establecida por la resolución 100 de la Anses, publicada hoy en el Boletín Oficial. La medida deja sin efecto la fecha tope del 30 de este mismo mes, fijada por una extensión anterior del plazo original.
Esta fecha de vencimiento no abarca a las personas que aún no hicieron el trámite para avalar la propuesta de pago de la Anses y que, a la vez, no cobran ningún beneficio.
Según la ley de Reparación Histórica, al tratarse de un programa de acuerdos transaccionales entre el jubilado y el Estado, el cobro de la mejora del haber previsional requiere de una aceptación y de la renuncia formal a un juicio (en trámite o futuro) por reajuste de haberes. Sin embargo, apenas iniciada la instrumentación del plan, la Anses estableció mecanismos de pagos anticipados para personas que cumplieran con determinadas condiciones (como tener cumplidos los 80 años), por los cuales comenzó a liquidar los ingresos mensuales con aumento, requiriendo para después el trámite de aceptación por parte del jubilado.
Cómo proceder
Para concretar el trámite de aceptación, se debe ingresar en el sitio de la Anses (
www.anses.gob.ar) con la clave de seguridad social e ir al apartado "Reparación Histórica", donde está publicada la oferta.
Allí, tras marcar la opción de aceptar (en caso de así decidirlo), es posible que se informe que hace falta dar otro paso: la firma del acuerdo con huella digital, en una oficina de la Anses o en un banco habilitado. En tal caso, se debe informar qué abogado intervendrá (los honorarios están a cargo del Estado).
La necesidad de dar un aval al aumento tiene su explicación en que se trata de un plan de acuerdos entre el Estado y las personas, a quienes se les reconoce que se les pagaba menos de lo que correspondía (según criterios de la Corte Suprema). Al acordar, el jubilado renuncia a la posibilidad de hacer un juicio o a continuar con una demanda en trámite. El reclamo judicial generaría en la mayoría de los casos un alza mayor que el ofrecido por el plan, siempre que los jueces no cambien el criterio mantenido hasta ahora respecto de los índices a utilizar para hacer efectivos los reajustes.
En los últimos días se conocieron fallos en los que se le ordenó a la Anses no dar de baja incrementos vinculados a la reparación histórica a personas que no habían dado su aceptación formal al plan.
Fuente: La Nación/ Fotografía: El1Digital