Sin embargo, los médicos que realicen la práctica quedan automáticamente excomulgados por el Derecho Canónico.
El rumor corrió como un reguero de pólvora en los círculos políticos durante toda la semana, tras la media sanción de Diputados a la legalización del aborto: Que el Papa esta contemplando la posibilidad de excomulgar a los diputados que votaron a favor del proyecto y a los senadores que harán lo mismo. ¿Es así? ¿Es posible que lo haga? En todo caso, ¿qué dicen las normas eclesiásticas al respecto?
Una aclaración: la pena de excomunión alcanza sólo a los católicos. Implica la expulsión de la Iglesia y, por tanto, la imposibilidad de asistir a misa y recibir los sacramentos como la eucaristía (la hostia). Por ser la pena canónica (eclesiástica) máxima, debe aplicarla el obispo del lugar o el Papa. Puede requerir de un juicio canónico o ser automática, según el caso que se presente.
¿Qué pasa en el caso del aborto? El canon 1398 del Código de Derecho Canónico castiga con la excomunión automática (latae sententiae) a quienes procuren el aborto, si éste se produce. Ello implica, por caso, que un médico que lo práctica y llega a producir la interrupción de un embarazo queda automáticamente excomulgado, al igual que todo aquel que colabora como una enfermera.
La mujer que abortó con plena conciencia y en libertad incurre en un pecado muy grave. Pero, como todo pecado, puede ser perdonado en la confesión si la persona se arrepiente sinceramente. La absolución requería la autorización del obispo del lugar. Pero hace dos años, con motivo del Año de la Misericordia, Francisco habilitó a los sacerdotes a impartirla sin esa autorización, facultad que sigue vigente.
En el caso de los legisladores católicos que votan la legalización del aborto suele generarse una polémica acerca de si están encuadrados en la figura de “incurrir” en esa práctica y, por tanto, si quedan excomulgados automáticamente. De hecho, se planteo cuando en la última década se sancionó la ley en Uruguay y en la Ciudad de México. Algunos canonistas dicen que no se puede generalizar, sino que hay que ver cada caso. O sea, cual fue el papel específico del legislador y en qué contexto.
Lo que está claro es que los legisladores que votan la legalización del aborto cometen también un pecado muy grave y deben confesarse sinceramente arrepentidos para volver a estar en condiciones de recibir la eucaristía. Por lo demás, Juan Pablo II dijo en la exhortación apostólica El Evangelio de la Vida -apelando al principio del mal menor- que es lícito que un legislador procure morigerar una ley repudiable si esta se encamina a ser sancionada.
En definitiva, no corresponde que un Papa excomulgue a legisladores que votan el aborto, sea porque quedan excomulgados automáticamente, sea porque cometieron un pecado muy grave. Y siempre queda el camino del perdón a través del sincero arrepentimiento y la confesión. Así como la posibilidad de la benevolencia papal.
Sobre esto último, debe tenerse en cuenta que Francisco ha hecho de la misericordia la principal bandera de su pontificado.